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La Salón de lo Contencioso cree que no se han vulnerado derechos escenciales de dicha Iglesia. QUINTO.- Es verdad que el escrito de preparación no menciona al derecho de petición de manera expresa y que el escrito de interposición parece referirse mucho más a la actuación administrativa o a la posición del Estado que a la sentencia contra la que se tienen que dirigir los motivos de casación. Por su parte, la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España le irá a la zaga y también pedirán tener presencia en la Renta de los españoles. Han explicado que hace 20 años que demandan la existencia de una casilla reservada a los protestantes como la de la Iglesia católica. Si bien, en 2017, el Tribunal Supremo dictó una sentencia por la que acreditaba que la iglesia Evangélica no tenga casilla para aportación en el IRPF. Los contribuyentes tendrán derecho a deducir de la cuota íntegra el 25% de la base de la deducción.

Esto es, que si una persona entrega 4.000 euros a entre las entidades de la Iglesia Católica (diócesis, parroquia, fundación religiosa, Cáritas, etcétera) puede deducirse 1.000 euros. Es una lástima que no se amplíe este porcentaje de deducción, ya que en otros países de nuestro entorno, por ejemplo en Francia, es superior al 60%. La Audiencia concluyó que el lugar de un mecanismo como el pedido por los evangélicos requeriría de un convenio entre el Estado y la instancia representativa de las confesiones religiosas que lo pretenden y que la Administración no podría establecerlo de manera unilateral, como reclamaban los evangélicos en su petición a Hacienda. Sobre la intención del Ministerio de Justicia de plantear a Hacienda la posibilidad de extender la casilla del 0,7% a todas y cada una de las religiones con conocido arraigo, los evangélicos españoles ven positivo que lo pongan encima de la mesa pero admiten que tienen una «falta de expectativas» en la contestación que vaya a ofrecer Hacienda. La Audiencia Nacional, al estudiar el primer recurso de Ferede, había concluido que el lugar de un mecanismo como el pedido por los protestantes requeriría de un convenio entre el Estado y la instancia representativa de las confesiones religiosas que lo pretenden y que la Administración no puede establecerlo de manera unilateral. Por su lado, la Conferencia Episcopal ha asegurado que la Iglesia católica no es contraria a que otras confesiones tengan su propia casilla en la Declaración de la Renta.

De esta manera, pues, los defectos formales no deben impedirnos ingresar en el examen de las causas de casación, los cuales, hemos de anunciarlo ya, no tienen la posibilidad de progresar. 5.- Vulneración del derecho primordial de la gente, A EXPRESAR Y DIFUNDIR LIBREMENTE los pensamientos, opiniones y también ideas, PREVISTO POR EL Art.16.1 de la CE.

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Por último, tenemos que decir que ni la sentencia, ni la actuación administrativa incurren en infracción de los productos 14 y 16 de la Constitución en ninguno de los apartados invocados por la recurrente precisamente por el hecho de que se mueven en el marco del derecho primordial que ha ejercido». De ahí que, concluyó la Audiencia, el establecimiento de un mecanismo como el pedido por la recurrente requeriría de un convenio entre el Estado y la instancia representativa de las confesiones religiosas que lo quieren y que la Administración no puede establecerlo de manera unilateral. Asimismo la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España viene reclamando ya hace 20 años una casilla reservada a los protestantes como la de la Iglesia católica. Los musulmanes y los evangélicos españoles pedirán oficialmente al próximo Gobierno una casilla en la Declaración de la Renta para que los españoles logren asignar el 0,7% del IRPF a la Comisión Islámica de España y a la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España , al igual que en este momento pueden llevarlo a cabo con la Iglesia católica. En ningún caso conlleva el derecho de petición la obligación por parte del poder público frente al que se ejerce de acogerla materialmente. Respecto de esto último, no considera admisibles las razones ofrecidas por la resolución de 26 de enero de 2015 por el hecho de que la Iglesia Católica, aparte de las exenciones tributarias que también tiene la Iglesia Protestante, percibe el porcentaje popular de la cuota del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En realidad, añade, la Administración se ha con limite a decir que lo pedido escapa a su rivalidad pero no lo ha justificado ni dirigido la solicitud a los organismos competentes y la sentencia, al ofrecer por bueno el proceder de la Administración, incurre en las infracciones del ordenamiento jurídico destacadas.

Precisamente, la Charla Episcopal De españa ha asegurado que la Iglesia católica no es contraria a que otras confesiones tengan su propia casilla en la Declaración de la Renta a fin de que sus fieles pueden asignar un 0,7 % del IRPF a sus respectivas iglesias. Podrían así asignar el 0,7 % de sus impuestos a su confesión, al igual que vienen haciéndolo los católicos desde el año 2007. @Telotengodicho #230Cerrar Pues esto se arregla quitando las casillas para las religiones.

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En la sentencia, la Sala III desecha el recurso sobre protección de derechos fundamentales presentado por la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España contra la sentencia de la Audiencia Nacional que rechazó su demanda contra la resolución del Ministerio de Hacienda. «Lo lamentamos pero no nos sorprende y vamos a proseguir peleando con lo que creemos que es una cuestión de principios. Aquí no estamos haciendo cálculos de si es de nuestra conveniencia a nivel económico o no esa forma de financiación. Hablamos de que nos semeja discriminatorio», ha explicado el encargado de Comunicación de la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España , Jorge Fernández.

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«Lo lamentamos pero no nos llama la atención y vamos a continuar luchando con lo que pensamos que es una cuestión de principios. Aquí no estamos haciendo cálculos de si es de nuestra conveniencia económicamente o no esa forma de financiación, no se trata de eso. Se trata de que nos parece discriminatorio», ha explicado a Europa Press el encargado de Comunicación de la FEREDE, Jorge Fernández. El presidente de la Comisión Islámica de España , Riay Tatary, explicó a Europa Press que hablamos de una reivindicación que llevan planteando al Gobierno desde el año 2001 y dan la «bienvenida» a «la buena acogida actual» que tiene. Exactamente, la Conferencia Episcopal Española ha asegurado que la Iglesia católica no es contraria a que otras confesiones tengan su casilla en la Declaración de la Renta para que sus fieles pueden destinar un 0,7 por ciento del IRPF a sus respectivas iglesias. Y explica que, dada la situación de crisis y particular vulnerabilidad de muchos españoles, las autoridades eclesiales decidieron llevar a cabo el «gesto» de restar parte del propio dinero del cuidado ordinario de la Iglesia para los más necesitados». En total, unos cinco millones de euros. Parte importante del dinero con el que atiende a cientos de necesitados viene asimismo del IRPF, pero de la casilla de Objetivos Sociales. «Hay mucho más de 40 organizaciones dependientes o similares con la Iglesia» que se benefician de la esta asignación tributaria, afirma Juan Lara.

Pero resulta que hay más de 9 millones de impositores que han señalado el destino de ese 0´7% a la Iglesia Católica, y el número creció en los últimos tiempos. Hemos de seguir en esa línea ascendiente, hasta llegar a ese porcentaje del que hablaba anteriormente en Italia de sobra del 80%. Y también tienen derecho a inferir de su cuota íntegra el 35% de la base de la deducción, pudiendo las proporciones que corresponden al período impositivo no deducidas, aplicarse en las liquidaciones de los períodos impositivos que concluyan en los diez años inmediatos y sucesivos. Según los recurrentes, el Gobierno «ha desconocido el derecho fundamental de la gente a la igualdad en la Ley, ya que es visible el trato dispar que recibe en comparación con el dado a la Iglesia Católica». Otro de los argumentos con los que los cristianos de base llaman a los creyentes a protestar de la casilla de la Iglesia es el de la financiación de Caritas, el buque insignia de la tarea popular católica. Incluso el directivo de Caritas Barcelona, Jordi Roglá, ha recordado en más de una oportunidad que la Conferencia Episcopal solamente aporta un 2% al presupuesto de la organizaciónla Charla Episcopal solamente contribuye un 2% al presupuesto de la organización, próximo a los 300 millones de euros. Es de este modo desde 2007, en el momento en que el Gobierno de Zapatero y el entonces presidente de los obispos españoles, Ricardo Blázquez, acordaron que el Estado dejase de conceder un presupuesto al sostenimiento de la Iglesia en lugar de aumentar el porcentaje de aportación al cargo del IRPF del 0,5 al 0,7%.

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Según Javier Herrase García-Canturri, directivo Cooperación Jurídica y Relaciones con las Confesiones del ministerio, ha revelado que existió «bastante consenso» sobre esta oportunidad. Específicamente, este asunto se determinó en entre los conjuntos de trabajo que se formaron en el Ministerio de Justicia cuando se se encontraba agotando la legislatura completa anterior, hace mucho más de un año, con el fin de detectar los problemas a emprender en la siguiente legislatura, con independencia de quién gobernara. Se habla del siguiente escalón en la carrera judicial iniciada por esta confesión una vez que el Ministerio de Hacienda les negara, en el primer mes del año de 2015, esta posibilidad reservada a la Iglesia Católica y a las ONG, cuyos proyectos reciben anualmente apoyo del Estado gracias a lo recaudado con la casilla de Fines Sociales. Por otro lado, el producto 11, precisa de qué manera han de tramitarse y resolverse las peticiones aceptadas.

Asimismo se suprimió la exención del IVA, lo que la cuesta a la CE, según sus cálculos, unos 30 millones de euros al año. Con todo, estas ediciones le valieron en el siguiente ejercicio 40 millones de euros más de recaudación. En total, 245 millones de euros, que han trepado a los 249 millones en el último ejercicio. El Supremo repudia el recurso de Ferede, que denunció que se vulneraban derechos escenciales.

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«Es una desigualdad manifiesta, o la quitan o la ponen para todos», ha subrayado a Europa Press el secretario ejecutivo de FEREDE, Mariano Blázquez, al paso que ha indicado que en los 20 años que llevan reclamando esta casilla a los consecutivos gobiernos no han recibido una «respuesta convincente» y que, por ello, han acudido a los tribunales. «Vamos a insistir en nuestra solicitud», ha asegurado el presidente de la Comisión Islámica de España, Riay Tatary, en declaraciones a Europa Press. Según ha precisado, en 1999 solicitaron oficialmente esta casilla y tras este tiempo reivindicándola, lo volverán a solicitar de forma oficial al próximo Gobierno. SEXTO.- A tenor de lo predeterminado por el artículo 139.2 de la Ley de la Jurisdicción, procede imponer las costas a la parte recurrente ya que no se aprecian causas que justifiquen no llevarlo a cabo. A tal efecto, la Salón, usando de la capacitad conocida en el apartado 3 de ese precepto legal, señala como cifra máxima a que asciende la imposición de costas por todos y cada uno de los conceptos la de 3.000€. Para la fijación de la expresada cantidad se tienen en cuenta los criterios seguidos frecuentemente por esta Sala en razón de las situaciones del tema y de la dificultad que comporta. Afirma, primeramente, que está condenado al fracaso por el hecho de que se restringe a reiterar lo alegado en la demanda y esos argumentos ya fueron analizados por la sentencia y desestimados.

Y la jurisprudencia es clara sobre la improcedencia de que el escrito de interposición se limite a reproducir lo que se dijo en la instancia en vez de efectuar una crítica de la sentencia impugnada. OCTAVO.- En la fecha acordada, 15 de noviembre de 2016, tuvieron lugar la deliberación y fallo del presente recurso. QUINTO.- Evacuando el traslado conferido, el Letrado del Estado se opuso al recurso por escrito de 4 de mayo de 2016 en el que solicitó su desestimación, por ser de conformidad con Derecho, ha dicho, la resolución judicial impugnada.

La sentencia de la Audiencia Nacional, al justificar su fallo desestimatorio, apunta, en primer lugar, cuál es el contenido que al derecho de solicitud, reconocido por el artículo 29 de la Constitución, da la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, que lo regula. Subraya, sobre esto, que el de solicitud no comporta el derecho a conseguir lo que se pide sino más bien únicamente a que se acuse recibo de la misma y se indique al peticionario la resolución adoptada. Los musulmanes y los evangélicos van a soliciar de manera oficial al próximo Gobierno de España una casilla en la Declaración de la Renta a fin de que los españoles logren asignar el 0,7% del IRPF a la Comisión Islámica de España y a la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España , exactamente la misma en este momento tienen la posibilidad de hacerlo con la Iglesia católica. «La Iglesia católica no se opone a que se extienda la X a otras confesiones religiosas», han señalado a Europa Press fuentes de la Charla Episcopal De españa. El Ministerio de Justicia sí planteará a lo largo de esta legislatura al Ministerio de Hacienda la oportunidad de que musulmanes, judíos, evangélicos, mormones, budistas, testigos de Jehová y ortodoxos tengan, al igual que la Iglesia católica, una casilla propia en la Declaración de la Renta con la que se recopila para sus objetivos el 0,7% del IRPF tributado por cada ciudadano.

El alto tribunal desestimaba de esta manera el recurso sobre protección de derechos escenciales presentado por la FEDERE contra la sentencia de la Audiencia Nacional que había validado una resolución del Ministerio de Hacienda, de 25 de enero de 2015, que rechazaba la intención de este colectivo. Dada esta sentencia, los protestantes españoles han recurrido al Tribunal Constitucional y expresan su intención de llegar al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo si hace falta. El Supremo desestimaba de esta manera el recurso sobre protección de derechos fundamentales presentado por la FEDERE contra la sentencia de la Audiencia Nacional que había validado una resolución del Ministerio de Hacienda, de 25 de enero de 2015, que rechazaba la pretensión de este colectivo.

-y tampoco me resulta interesante-, pero dese una vuelta por el mundo y va a ver iglesias repletas de creyentes, después de 2017 años, 2200 millones de personas, no pueden estar todas equivocadas. Según explica Riay Tatary, con la casilla del IRPF para las minorías religiosas existe «un vacío legal». Ahora, demanda la vulneración del derecho a la independencia ideológica y a la libertad religiosa reconocido en el producto 16.1 de la Constitución, por el hecho de que la restricción presupuestaria comporta una restricción operativa de la actividad religiosa. SÉPTIMO.- El acuerdo de la Salón de Gobierno de 14 de junio de 2016 (BOE núm. 163, de 7 de julio de 2016) ha establecido una exclusiva organización de las secciones de la Sala Tercera para acomodarla al nuevo régimen del recurso de casación. A consecuencia de lo previsto en la regla segunda de dicho acuerdo las materias de las que conocía la previo Sección Séptima pasan a esta novedosa Sección Cuarta. SEGUNDO.- Contra la referida resolución preparó recurso de casación la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, que la Sala de la Audiencia Nacional tuvo por listo por diligencia de ordenación de 10 de junio de 2015, acordando el emplazamiento a las partes y la remisión de las actuaciones a esta Sala del Tribunal Supremo. “Decid expresamente al asesor fiscal o gestor que nos hace la declaración que marque ámbas casillas” Son muchas las personas que no realizan personalmente su declaración de la renta, sino que confían en algún profesional que se la prepara, o reciben el boceto de Hacienda para confirmarlo o rectificarlo.

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“1.- Vulneración del derecho fundamental de las personas, a la IGUALDAD ANTE LA LEY, previsto por el Art. 14 de la CE “. Según dice Tatary, con la casilla del IRPF para las minorías religiosas existe «un vacío legal». Además de esto, el presidente de la Comisión Islámica de España considera que la casilla del IRPF no puede ser una sola para todas las confesiones minoritarias pues sería difícil dividir lo recaudado mediante la misma.

El tribunal ha confirmado una sentencia anterior de la Audiencia Nacional que daba la razón a Hacienda en este contencioso. El ministerio comandado por Cristóbal Montoro respondió a los evangélicos que la presente casilla para la iglesia católica se fundamenta en los Acuerdos de España con la Santa Sede de 3 de enero de 1979 y que, a falta de un convenio similar, no era posible acceder a la solicitud de la Iglesia protestante. Para el Supremo, la sentencia de la Audiencia Nacional ha explicado a la recurrente cuál es el régimen propio del derecho de petición (que no supone el derecho a que la solicitud sea contestada afirmativamente) y que la contestación ofrecida por la resolución de 26 de enero de 2015 es respetuosa con los preceptos de la Ley Orgánica 4/2001, que regula ese derecho. Asimismo, ha corroborado la distinta situación en que se encuentra FEREDE respecto de la Iglesia Católica, no para realizar un juicio de igualdad sino más bien para corroborar que la respuesta ofrecida por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas era coherente con la solicitud y bastante establecida en Derecho. Se protesta, en primer lugar, FEREDE de que la Administración, al no acceder a su solicitud, ha desconocido el derecho primordial de las personas a la igualdad en la Ley que proclama el producto 14 de la Constitución ya que es visible el trato dispar que recibe en comparación con el dado a la Iglesia Católica. No le semeja válida a la recurrente la razón que se le dió para argumentar esa diferencia, esto es, la remisión a los Pactos con la Santa Sede por el hecho de que comprende que con ella se elude el fondo del asunto.

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La Salón de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha establecido que la negativa de Hacienda a disponer una casilla en la declaración del IRPF a fin de que los impositores logren asignar el 0,7 por ciento de la cuota íntegra a la Iglesia Evangélica o Protestante no vulnera derechos escenciales de esa Iglesia. ElTribunal Supremo harechazadocrear una casilla en ladeclaración del IRPFpara que los impositores que lo deseasen pudieran asignar el0,7% a la Iglesia evangélica o protestante, como ocurre con la católica, al comprender que no vulnera derechos escenciales de esa confesión. FEREDE considera que la sentencia del Tribunal Supremo no entra en el fondo del planteamiento, el de vulneración de los derechos escenciales y la discriminación que, a su juicio, piensa que la Iglesia católica disponga de una casilla en el IRPF y el resto de confesiones no, sino «se enfoca en el derecho a la petición» al que los protestantes se acogieron.

“Debemos decir a los asesores fiscales y gestores que nos desarrollan la declaración del IRPF que marquen las dos casillas o, al menos, la de la Iglesia Católica”, enseña Remigio Beneyto. “Incluso en los casos en que el resultado de la declaración es negativo o a devolver”, añade. Asimismo si ha recibido de Hacienda el boceto de la declaración, debe revisar que la casilla destinada a la Iglesia Católica aparece marcada con la ‘X’. “De no ser de esta manera, debe rectificarse acudiendo a la Agencia Tributaria o por la red”, indica José María Guinart, ecónomo diocesano. Y ten en cuenta que “si pide la modificación del borrador, va a recibir uno nuevo que, si ya es acertado, deberá confirmarse también”.

Asimismo se infringe, afirma, el orden que este precepto dirige al Estado de que tenga presente las opiniones de los españoles y mantenga relaciones de cooperación con todas y cada una de las confesiones religiosas y no solo con la católica. El Tribunal Supremo ha rechazado crear una casilla en la declaración del IRPF para que los contribuyentes que lo deseasen tengan la posibilidad de destinar el 0,7% a la Iglesia evangélica o protestante, como ocurre con la católica, al entender que no vulnera derechos fundamentales de esa confesión. En la sentencia, la Sala Tercera desestima el recurso sobre protección de derechos fundamentales presentado por la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España contra la sentencia de la Audiencia Nacional que rechazó su demanda contra la resolución del Ministerio de Hacienda. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo estableció que la negativa de Hacienda a contar con una casilla en la declaración del IRPF para que los impositores logren destinar el 0,7% de la cuota íntegra a la Iglesia Evangélica o Protestante no vulnera derechos escenciales de dicha Iglesia. El prominente tribunal desestimaba así el recurso sobre protección de derechos escenciales presentado por la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España contra la sentencia de la Audiencia Nacional que había validado una resolución del Ministerio de Hacienda, de 25 de enero de 2015, que rechazaba la intención de esta iglesia. La Salón III del Tribunal Supremo ha predeterminado que la negativa de Hacienda a disponer una casilla en la declaración del IRPF a fin de que los contribuyentes logren asignar el 0,7 por ciento de la cuota íntegra a la Iglesia Evangélica o Protestante no vulnera derechos escenciales de esa Iglesia.

  • Las entidades pueden enseñar proyectos a desarrollar en el campo de la familia, la niñez, mujeres y jóvenes, personas mayores, personas con discapacidad, con inconvenientes de drogodependencia, conjuntos minoritarios que promocionan el voluntariado.
  • Asimismo, ha corroborado la distinta situación en que se halla FEREDE respecto de la Iglesia Católica, no para efectuar un juicio de igualdad sino más bien para corroborar que la respuesta ofrecida por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas era coherente con la petición y bastante establecida en Derecho.
  • “Debemos decir a los aconsejes fiscales y administradores que nos desarrollan la declaración del IRPF que marquen las dos casillas o, cuando menos, la de la Iglesia Católica”, enseña Remigio Beneyto.

«Vamos a insistir en nuestra solicitud», ha señalado el presidente de la Comisión Islámica de España, Riay Tatary, en afirmaciones a Europa Press. Según ha precisado, en 1999 pidieron oficialmente esta casilla y tras este tiempo reivindicándola, lo volverán a solicitar de manera oficial al próximo Ejecutivo. Entonces, sí podría darse el supuesto de que el reparto de estas cantidades beneficiará a instituciones o entidades que financiarán proyectos que no fueran acordes con los católicos, o que de alguna forma distrajeran esas cantidades a programas peregrinos, en el momento en que realmente existen pretensiones urgentes de atención a los más enclenques y desfavorecidos. Las entidades tienen la posibilidad de enseñar proyectos a desarrollar en el ámbito de la familia, la infancia, mujeres y jóvenes, personas mayores, personas con discapacidad, con problemas de drogodependencia, grupos minoritarios que promocionan el voluntariado.

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La Conferencia Episcopal siempre y en todo momento se pronounció a favor, si ese es el acuerdo al que llegan las partes. Y este régimen fiscal beneficioso se prolonga a la Iglesia Católica y a las confesiones religiosas con convenio de cooperación suscrito con el Estado (los evangélicos, los judíos y los islámicos).

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